LA ESCUELA CLÁSICA
- Los positivistas del siglo XIX, bautizaron con el nombre de Escuela Clásica, a todo lo
anterior a ellos: a
las doctrinas que no se adaptaban a las nuevas ideas, a los recientes
sistemas. Bajo la
etiqueta de clásicos se suele agrupar a autores y tendencias divergentes en
muchos puntos de
vista, en algunos casos, inclusive, contradictorias, pero que presentan
una serie de
concepciones unitarias acerca de postulados fundamentales, que fue lo que
permitió a los
positivistas reunirlas con propósitos didácticos.
El mundo clásico
partió de una imagen excelsa, ideal, del ser humano como centro del
universo, como dueño
y señor absoluto de sí mismo, de sus actos. El dogma de la libertad
que hace iguales a
todos los hombres (sin diferencias entre el hombre delincuente y no
delincuente) y
fundamenta la responsabilidad: el absurdo comportamiento delictivo solo
puede comprenderse
como consecuencia del mal uso de la libertad en una situación
concreta, no a
pulsiones internas ni a influencias externas. Para los clásicos, el
delincuente es una
suerte de pecador que optó por el mal, pudiendo y debiendo haber
respetado la ley.
Existe algo muy
importante en la escuela clásica que se recoge de sus autores: la defensa de
las garantías
individuales y su reacción contra la arbitrariedad y los abusos de poder. Se
reconocen como
representantes destacados de la escuela clásica del derecho penal,
además de Cesare
Beccaria, entre otros a Giovanni Carmignani, Pellegrino Rossi y
Francisco
Carrara.
Para esta escuela,
los hombres viven en sociedad de acuerdo a un contrato social por el
cual cada individuo suscribe libremente su adhesión a la comunidad que le provee orden y
seguridad. Este ente social castigara aquellos que realicen conductas contrarias a ese orden
establecido, que da equilibrio y estabilidad al grupo humano. El individuo, que por medio
de su conducta desviada perjudica a la comunidad, será estudiado por la criminología que
dará los tipos penales que sancionaran conductas jurídicamente reprochables.
Por lo que atañe a sus postulados fundamentales, el denominador común que hace que
incluya en una misma dirección a autores que en otras cuestiones piensan de modo
diferente, pueden señalarse sus posturas acerca de cuatro asuntos:
l El método,
l El derecho,
l El derecho penal y
l El delito.
cual cada individuo suscribe libremente su adhesión a la comunidad que le provee orden y
seguridad. Este ente social castigara aquellos que realicen conductas contrarias a ese orden
establecido, que da equilibrio y estabilidad al grupo humano. El individuo, que por medio
de su conducta desviada perjudica a la comunidad, será estudiado por la criminología que
dará los tipos penales que sancionaran conductas jurídicamente reprochables.
Por lo que atañe a sus postulados fundamentales, el denominador común que hace que
incluya en una misma dirección a autores que en otras cuestiones piensan de modo
diferente, pueden señalarse sus posturas acerca de cuatro asuntos:
l El método,
l El derecho,
l El derecho penal y
l El delito.
Positivismo Criminologico
El nacimiento del Positivismo Criminológico dio paso a una nueva era, basada en el método científico. Un pensamiento revolucionario que vino a sustituir a la anterior Escuela Clásica, siendo sus mayores impulsores Enrico Ferri, Raffaele Garofalo y Cesare Lombroso. Esta nueva etapa aunaba distintas visiones, desde lo antropológico hasta lo sociológico, pasando por la Psicología, la Biología o la Psiquiatría, pero todas éstas formadas con un único propósito, crear una base rigurosa de conocimientos basados en el método empírico y la robustez científica y superar la anterior etapa carente de todos estos procedimientos
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